Cuando una persona deja de pagar una tarjeta de crédito o un préstamo, es común que comiencen las llamadas de cobranza. Algunas personas incluso reciben mensajes en los que se les advierte que perderán su casa o que sus bienes serán embargados.
Pero, ¿realmente te pueden quitar tus pertenencias por una deuda con el banco?
La respuesta es que un despacho de cobranza no puede embargarte por su cuenta. La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) señala que un embargo únicamente puede realizarse cuando existe una orden emitida por un juez dentro de un procedimiento legal y la persona debe ser notificada legalmente.
Un despacho no puede entrar a tu casa y llevarse tus cosas
Los despachos de cobranza son intermediarios que pueden contactar al deudor para solicitar el pago, negociar o buscar una reestructuración de la deuda. Sin embargo, no tienen facultades para ingresar a un domicilio por la fuerza ni para realizar un embargo por cuenta propia.
Por ello, las amenazas de un supuesto “embargo inmediato” realizadas mediante llamadas, mensajes o cartas no significan que una persona pueda presentarse en ese momento y retirar los bienes.
La Condusef advierte que las gestiones de cobranza deben realizarse bajo reglas específicas y que los despachos no pueden intimidar, amenazar u ofender al deudor o a sus familiares.
¿Entonces sí puede ocurrir un embargo?
En determinados casos, un acreedor puede iniciar un procedimiento judicial para reclamar una deuda. Si dentro de ese proceso un juez ordena un embargo, este debe realizarse conforme al procedimiento legal correspondiente.
Esto significa que no basta con que un cobrador llegue a una vivienda para decir que existe un embargo.
La Condusef explica que los despachos no están facultados para embargar y que, cuando existe una orden judicial, el procedimiento debe realizarse dentro de un proceso legal del que la persona debe ser notificada.
Tampoco pueden meterte a la cárcel por deber la tarjeta
Otro de los temores más comunes entre las personas que enfrentan problemas financieros es la posibilidad de ir a prisión por no pagar.
La Condusef ha reiterado que una persona no puede ser encarcelada únicamente por una deuda de carácter civil derivada de un crédito o financiamiento.
¿Qué hacer si tienes una deuda y ya no puedes pagar?
Lo más recomendable es no ignorar la situación. La Condusef aconseja contactar directamente a la institución financiera para conocer las opciones disponibles, como una reestructuración o negociación del adeudo.
Si se llega a un acuerdo, es importante solicitar que las condiciones queden documentadas por escrito y verificar si el pago acordado liquidará completamente la deuda o únicamente cubrirá una parte.
También es posible consultar si el despacho que realiza las llamadas está registrado ante la institución financiera correspondiente y, en caso de considerar que existen prácticas abusivas, presentar una queja a través del Registro de Despachos de Cobranza (REDECO) de la Condusef.
Tener una deuda puede generar consecuencias financieras y legales, pero nadie puede simplemente llegar a una vivienda, entrar por la fuerza y llevarse los bienes sin que exista un procedimiento judicial.