Septiembre tiene una fecha marcada en el calendario laboral de México como día de descanso obligatorio: el miércoles 16 de septiembre, con motivo de la conmemoración del inicio de la Independencia de México.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 16 de septiembre es uno de los días de descanso obligatorio para los trabajadores. En cambio, el martes 15 de septiembre no es un día festivo oficial, por lo que, salvo que el empleador determine lo contrario, se trata de una jornada laboral normal.
Pero, ¿qué pasa con quienes deben trabajar el 16 de septiembre? El artículo 75 de la LFT establece que los trabajadores que presten sus servicios durante un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio realizado. En otras palabras, ese día se paga triple.
Para el resto de 2026, los siguientes días de descanso obligatorio contemplados en la LFT son el lunes 16 de noviembre, por la conmemoración del inicio de la Revolución Mexicana, y el viernes 25 de diciembre, por Navidad. También pueden establecerse días adicionales cuando existan jornadas electorales.
Por lo tanto, si tienes que trabajar este miércoles 16 de septiembre, revisa tu recibo de nómina y verifica que el pago corresponda a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo.